Ante una situación de concurrencia de trabajadores de diferentes empresas en un mismo centro de trabajo, el artículo 24 de la Ley 31/1995, establece la obligatoriedad de que se realice la Coordinación de Actividades Empresariales con la finalidad de garantizar la seguridad y salud laboral de los trabajadores de las empresas concurrentes. Ahora bien, la implementación real de la Coordinación de Actividades Empresariales pone de manifiesto las dificultades que tienen las empresas para realizar la gestión de manera que se de cumplimiento a la normativa reguladora en esta materia y sin olvidar que el objetivo principal es incrementar la seguridad y salud de los trabajadores.
El objetivo de esta sesión que organiza FOMENT PREVENCION es reflexionar sobre la CAE a partir de la visión de los diferentes agentes implicados y analizar “buenas prácticas” desarrolladas, sobre esta temática, por diferentes empresas
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