Los contratos celebrados como consecuencia de los procesos de descentralización productiva suelen ser de naturaleza civil o mercantil. Sin embargo, ello no debe hacernos pensar que la descentralización productiva es un fenómeno ajeno al Derecho del Trabajo, por el contrario, el ordenamiento laboral ha previsto tradicionalmente mecanismos de protección de los trabajadores que prestan sus servicios en empresas auxiliares. En este sentido, en materia de seguridad y salud en el trabajo, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y su desarrollo reglamentario, ha establecido criterios normativos especiales en los casos de existencia de vínculos interempresariales que van más allá del fenómeno tradicional de las contratas. Al análisis de los problemas que en materia de prevención de riesgos laborales plantea la concurrencia de actividades empresariales se dedica esta jornada organizada por el Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo de Madrid, el 28 de febrero en horario de 9.30 a 14.00 horas.
Las solicitudes para participar en la jornada pueden presentarse telemáticamente, por fax, correo electrónico, correo postal o, presencialmente, en la sede del IRSST, calle Ventura Rodríguez 7 de Madrid. El plazo para participar permanecerá abierto hasta cinco días antes de que se celebre la acción formativa. Puede consultarse toda la oferta formativa en el Catálogo de Formación del IRSST.