La Seguridad Social ha iniciado el envío de cartas masivas a empresas y autónomos en los que ha detectado irregularidades en los contratos parciales declarados; en total 85.000 cartas a empresas sospechosas. En estas cartas, advierte a las empresas de la obligatoriedad de regularizar la situación y de las sanciones de las que serían objeto si no cumplen plazos y compromisos.
La Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social ha puesto en marcha el II Plan de Choque contra el uso fraudulento de contratos a tiempo parcial. La directora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, explicó en declaraciones a los medios que esta campaña podría evidenciar la contratación irregular de 230000 trabajadores.
Una vez recibida la notificación, la empresa deberá comunicar la jornada de trabajo realizada por los trabajadores e ingresar las liquidaciones correspondientes a las diferencias de cotización.
La contratación irregular supone una infracción grave en materia laboral (art 7.5 Ley 23/2015 Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social) e infracción grave en materia de Seguridad Social (art.22.3 del Texto Refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social). Todo ello supone a las empresas sanciones que van de los 625 a 6.250 €/trabajador
La responsabilidad subsidiaria y solidaria del empresario principal
La Ley General de la Seguridad Social dicta que en el caso de responsabilidad del pago de una prestación a la seguridad social, el empresario principal responderá subsidiariamente de las obligaciones de éste durante el período de contratación si la contrata se declara insolvente.
De igual forma, y durante el año siguiente a la finalización de los trabajos, responderá solidariamente de las obligaciones de naturaleza salarial contraidas por las empresas contratistas con sus trabajadores y las referidas a Seguridad Social