La investigación de accidentes de trabajo es un requisito legal, una técnica de gran valor que nos permite analizar los factores que intervienen en la causa de estos accidentes. Ello facilita el actuar de forma preventiva, mejorando nuestro sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (SST) . Ante el aumento de la siniestralidad, la investigación de accidentes es un proceso que, en consecuencia, aumenta su ocurrencia en las empresas lo cual genera múltiples cuestiones al empresario a las cuales iremos dando respuesta a lo largo de varios artículos.
El marco legal de la investigación de accidentes de trabajo
El primer punto a abordar es el marco legal, que nos ayudará a dar respuesta al resto de cuestiones. Más allá de ser una práctica preventiva, no hemos de olvidar que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en su artículo 16.3 obliga al empresario a “investigar los hechos que hayan producido un daño para la salud en los trabajadores, a fin de detectar las causas de estos hechos”. Un deber legal cuyo incumplimiento puede ser sancionado en base a lo que indican los artículos 12.3 y 12.4 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social:
Se consideran infracciones graves en materia de prevención de riesgos laborales:
«No dar cuenta en tiempo y forma a la autoridad laboral, conforme a las disposiciones vigentes, de los accidentes de trabajo ocurridos y de las enfermedades profesionales declaradas cuando tengan la calificación de graves, muy graves o mortales, o no llevar a cabo una investigación en caso de producirse daños a la salud de los trabajadores o de tener indicios de que las medidas preventivas son insuficientes».
No registrar y archivar los datos obtenidos en las evaluaciones, controles, reconocimientos, investigaciones o informes a que se refieren los artículos 16, 22, 23 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales».
A nivel de coordinación de actividades empresariales, cuando concurren varias empresas en el escenario de un accidente:
- Cuando afecta persona trabajadora sujeta a contrata o subcontrata o ETT, será necesaria en la investigación la presencia de aquellos empresarios de la cadena de contrataciones, respecto de los que se pudiera derivar posteriormente la responsabilidad (solidaria)
- Cuando como consecuencia de los riesgos de las actividades concurrentes, se produzca un accidente de trabajo, el empresario deberá informar de aquél a los demás empresarios presentes en el centro de trabajo (RD 171/2004)
Un marco legal, que plantea cuestiones diversas para su aplicación
¿Qué accidentes se deben investigar? ¿quién debe investigarlos? , ¿cuándo se han de realizar?, ¿cómo deben investigarse? ¿existe un modelo oficial o estandarizado para la investigación? , ¿qué ocurre si no se investiga un accidente?
¿Qué accidentes se deben investigar?
Se sabe que detrás de cada fatalidad hay 10 incidentes severos, 30 menores y 600 «casi accidentes». En la base de la pirámide se encuentran los denominados actos no seguros o condiciones inseguras que son, de hecho, el origen de los escenarios incidentales. Prevenir estos «casos menores» es la mejor forma de evitar eventos más severos.
Si nos fijamos en el requisito legal, en sentido estricto de la ley, la obligación de investigación del empresario se hace extensiva a todos los accidentes que tienen consecuencias lesivas para el trabajador afectado. Sin embargo, no olvidemos que los preceptos legales son de mínimos. Una gestión preventiva, con la filosofía de la mejora continua, nos indica que la investigación de accidentes debería de extenderse a todos los accidentes, incluidos los que no hayan ocasionado lesiones a los trabajadores expuestos. Nos encontramos por tanto con el primer punto a definir en el Procedimiento de Investigación de accidentes /incidentes, su alcance. El INNST indica, en su modelo de Procedimiento de Investigación, que se investigarán y registrarán:
- Todos los accidentes que hayan causado un daño para los trabajadores.
- Todos los accidentes con pérdidas materiales significativas o que impliquen paro de proceso.
- Los accidentes/ incidentes que, potencialmente o cambiando alguna condición, podrían haber tenido consecuencias graves, tales como conatos de incendios, caídas libres de cargas, etc.
- Otros que, a juicio del mando directo, sea conveniente investigar
¿Quien debe investigar los accidentes?
La respuesta a esta pregunta no es fija, ya que está condicionada al tipo de empresa, organización, estructura de la misma.. etc. Para dar una respuesta compleja, acudimos a la NTP 442: Investigación de accidentes-incidentes: procedimiento que propone dos tipos de investigaciones:
- Investigación en línea
- Investigación especializada
1.Investigación en línea.
La persona clave en la ejecución de una investigación de línea, que debiera realizarse en todos los accidentes e incidentes acaecidos, es el Mando directo del sector o área en que se produce el suceso:
a) Conoce perfectamente el trabajo y su ejecución
b) Conoce estrechamente a los trabajadores por su contacto continuo
c) Será quien, presumiblemente, aplicará las medidas preventivas.Debiendo recabar el asesoramiento y cooperación de especialistas en casos en que surjan dificultades en la identificación de las causas o en el diseño de las medidas a implantar
2. Investigación especializada
La realiza el Técnico de Prevención, asesorado en su caso por especialistas técnicos de las diversas áreas y acompañado por el mando directo y otro personal de la línea, directores de unidades funcionales, relacionados con el caso. Esta investigación se debe realizar en casos especiales o complejos:
a. Accidentes graves o mortales
b. Incidentes o accidentes leves de los que se deduzca una mayor potencialidad lesiva.
Dado que, el objetivo principal y último de toda investigación es identificar las causas del accidente y éstas son normalmente múltiples, de distinta tipología e interrelacionadas, es necesario profundizar en el análisis causal a fin de obtener de la investigación la mayor y la mejor información posible. Por ello, el ideal a conseguir sería que toda investigación fuera realizada por un equipo en el que estuvieran presentes el Técnico de Prevención, el Mando Directo y otro personal de línea relacionado con el caso, además de contar con el asesoramiento necesario de especialistas técnicos en la materia que se investigue.
Dicho equipo investigador, debe ser un equipo independiente, cuyo personal habrá sido deisgnado para esta función y en consecuencia instruido y formado en las técnicas de investigación y procedimientos a seguir
Por último cabe destacar que todos los trabajadores de la empresas deberán colaborar y testificar en la investigación de accidentes siempre que puedan aportar datos de interés sobre el suceso
Referencias: