En la época actual del año en que nos encontramos, es previsible un aumento de las necesidades diagnósticas debido al incremento habitual de las infecciones respiratorias, como es el caso de la gripe, en los meses de otoño e invierno, a lo que se suma la necesidad de poner en marcha estrategias de vigilancia en entornos críticos dados los repuntes en casos COVID confirmados .
Por todo ello, el Ministerio de Sanidad en colaboración con las Comunidades Autónomas ha vuelto a revisar y ampliar, a fecha 12 de noviembre, la Estrategia de Detección Precoz, Vigilancia y Control del COVID-19 que tiene como objetivos:
- Establecer los medios que faciliten la detección precoz de casos.
- Establecer los medios de control para evitar nuevas infecciones (preventivo).
- Mantener trazabilidad de la información, disgregada para trabajar con posibles contactos.
Los principales cambios que introduce la citada actualización son:
- Se añade una nueva sección para los casos de posible reinfección ( casos que vuelven a presentar sintomatología y una PCR positiva tras haber pasado una infección con resolución clínica), que de momento no deben ser declarados como casos nuevos al SIVIE, y en los que hay que utilizar un algoritmo de manejo propio.
- Se afina más en las pruebas de detección de casos (exigiendo una sensibilidad mayor del 80% y una especificidad superior al 97%), se excluye (al menos en primera línea) el uso de test de antígenos para contactos asintomáticos y se insiste algo más en la necesidad de prueba diagnóstica antes de finalizar el período de cuarentena
- Se modifican las condiciones de fin de aislamiento de personal sanitario y sociosanitario que haya tenido que precisar ingreso hospitalario
A lo largo de este artículo repasaremos las obligaciones del empresario y cómo se ven modificadas con esta nueva versión de la estrategia, siendo su su obligación:
Ante la detección de un caso en el ámbito laboral debe ponerse en conocimiento inmediato del servicio de prevención de riesgos laborales y notificarse con diligencia a las autoridades sanitarias para adoptar las medidas oportunas, como son el aislamiento del caso y la indicación de cuarentena de los contactos estrechos.
¿Qué situaciones podemos encontrarnos ? Definición de casos
El primer aspecto a definir es el tipo de casos que se pueden dar según sintomatología.
a) Caso sospechoso
Cualquier persona con un cuadro clínico de infección respiratoria aguda de aparición súbita de cualquier gravedad que cursa, entre otros, con fiebre, tos o sensación de falta de aire. Otros síntomas como la odinofagia, anosmia, ageusia, dolor muscular, diarrea, dolor torácico o cefalea, entre otros, pueden ser considerados también síntomas de sospecha de infección por SARS-CoV-2 según criterio clínico.
Es muy importante que el trabajador conozca y sepa identificar estos síntomas ante los cuales no deberá ir al trabajo o deberá parar su actividad.
b) Caso probable
Persona con infección respiratoria aguda grave con cuadro clínico y radiológico compatible con COVID-19 y resultados de PDIA negativos, o casos sospechosos con PDIA no concluyente.
c) Caso confirmado con infección activa:
- Persona que cumple criterio clínico de caso sospechoso y con PDIA positiva.
- Persona que cumple criterio clínico de caso sospechoso, con PDIA negativa y resultado positivo a IgMpor serología de alto rendimiento (no por test rápidos).
- Persona asintomática con PDIA positiva con IgG negativa o no realizada con infección resuelta:
d) Caso confirmado con infección resuelta:
Persona asintomática con serología Ig G positiva independientemente del resultado de la PDIA (PDIA positiva, PDIA negativa o no realizada).
e) Caso descartado:
Caso sospechoso con PDIA negativa e IgM también negativa(si esta prueba se ha realizado) en el que no hay una alta sospecha clínica.
¿Cuál es el procedimiento a seguir con los trabajadores con síntomas?
Manejo de los casos de COVID-19 con infección activa
Todos los casos confirmados con infección activa son de declaración obligatoria urgente
Todos los casos sospechosos se mantendrán en aislamiento a la espera del resultado de la PDIA y se iniciará la búsqueda de sus contactos estrechos convivientes. En caso de PDIA negativa, y si no hay una alta sospecha clínica ni epidemiológica, el caso se da por descartado y finaliza el aislamiento
Actuación en el ámbito laboral
Personal sanitario y sociosanitario
El personal sanitario y socio-sanitario que resulten casos confirmados y no requieran ingreso hospitalario serán manejados de la misma forma que la población general en cuanto al aislamiento. Estas personas trabajadoras se podrán reincorporar a su puesto de trabajo tras10 días del inicio de síntomas siempre que permanezcan asintomáticas al menos 3 días y tras la realización de una prueba de diagnóstico que indique ausencia de transmisibilidad, bien sea por una determinación positiva de Ig G por una técnica de alto rendimiento o por una PCR negativa o que, aún siendo positiva, lo sea aun umbral de ciclos (Ct) elevado.
El personal sanitario y sociosanitario que haya requerido ingreso hospitalario podrá recibir el alta hospitalaria si su situación clínica lo permite aunque su PCR siga siendo positiva, pero se deberá mantener aislamiento domiciliario con monitorización de su situación clínica al menos 14 días desde el inicio de síntomas. A partir de estos 14 días, siempre bajo criterio clínico, se podrá finalizar el aislamiento si han transcurrido tres días desde la resolución de la fiebre y el cuadro clínico, y para su reincorporación se seguirán los mismos criterios que en el párrafo anterior.
Otras personas trabajadoras
Las personas trabajadoras que no sean sanitarias o sociosanitarias serán manejadas de la misma forma que la población general en cuanto al aislamiento. El seguimiento y el alta serán supervisados por su médico de atención primaria o del trabajo, de la forma que se establezca en cada comunidad autónoma:
- AMBITO ATENCION PRIMARIA. El aislamiento se mantendrá hasta transcurridos tres días desde la resolución de la fiebre y del cuadro clínico con un mínimo de 10días desde el inicio de los síntomas. No será necesario la realización de una PCR para levantar el aislamiento ni para reincorporarse a la actividad laboral. En los casos asintomáticos el aislamiento se mantendrá hasta transcurridos 10 días desde la fecha de toma de la muestra para el diagnóstico
- INGRESO HOSPITALARIO: estarán aislados durante su estancia en el hospital siguiendo las precauciones estándar, de contacto y precauciones de transmisión por gotas y serán manejados según los protocolos de cada centro. Los casos que han requerido ingreso hospitalario podrán recibir el alta hospitalaria si su situación clínica lo permite aunque su PCR siga siendo positiva, pero se deberá mantener aislamiento domiciliario con monitorización de su situación clínica al menos 14días desde el inicio de síntomas.
¿Cual es la actuación en caso de contactos estrechos?
Ante cualquier caso sospechoso, sólo está indicado iniciar la identificación y control de sus contactos estrechos convivientes , recomendándoles evitar interacciones sociales. La identificación y control del resto de contactos estrechos (no convivientes) se podrá demorar hasta que el caso sea clasificado como caso confirmado con infección activa, a consideración de la comunidad autónoma correspondiente, siempre que dicha confirmación pueda garantizarse en el plazo de 24-48 horas. Si la PDIA del caso sospechoso resultara negativa, se suspenderá la cuarentena de los contactos. Las empresas tienen que colaborar con la autoridad sanitaria competente, informándoles de los contactos no convivientes en el ámbito laboral con quienes hayan tenido contacto.
Las actuaciones sobre los contactos estrechos serán las siguientes:
Cuarentena y vigilancia:
Se indicará cuarentena durante los 10 días posteriores al último contacto con un caso confirmado. Durante este periodo de 10 días, se indicará que las personas en cuarentena vigilen su estado de salud y ante la aparición de cualquier síntoma compatible se comunique al sistema sanitario según se establezca en cada CC.AA. De forma adicional, se indicará que durante los 4 días siguientes a la finalización de la cuarentena se siga vigilando la posible aparición de síntomas y si esto se diera, se deberá permanecer aislado en el domicilio y comunicarlo rápidamente de la forma establecida.
Si la situación epidemiológica lo permite, se recomienda la realización de una PDIA a los 10 días del último contacto con un caso confirmado. Las CCAA podrán valorar realizar pruebas diagnósticas en otro momento del seguimiento de los contactos según su estrategia. La prueba diagnóstica de inicio será un test rápido de detección de antígeno o una PCR en función del ámbito
Lugar de la cuarentena:
Se indicará al contacto que durante la cuarentena permanezca en su domicilio, preferentemente en una habitación individual, y que restrinja al mínimo las salidas de la habitación, que siempre se realizarán con mascarilla quirúrgica. También se le pedirá que restrinja al máximo posible el contacto con convivientes.
En personas que se encuentren desplazadas fuera de su localidad de residencia en el momento de su identificación como contactos (algo que puede darse con más probabilidad si se detecta en ámbito de la relación laboral), se permitirá el retorno a su lugar de residencia para la finalización de la cuarentena siempre y cuando: el alojamiento previsto en su lugar de residencia garantice las condiciones necesarias para la cuarentena, el desplazamiento se realice en un medio de transporte privado, se pueda garantizar el cumplimiento de todas las medidas de precaución establecidas para el manejo de contactos durante el trayecto y se haya
¿Qué hacer cuando se confirma un positivo?
- La detección de un brote irá acompañada de una evaluación del riesgo del servicio de prevención de riesgos laborales en coordinación con Salud Pública de propagación de la enfermedad.
- Fruto de la evaluación el empresario con su servicio de prevención determinarán y aplicarán medidas de contingencia y actuación. Según alcance y origen, sirvan de ejemplo: la intensificación de las medidas de prevención en el centro laboral, el cierre del espacio afectado (si está sectorizado) o el cierre del centro de trabajo
- Se deben actualizar los planes de continuidad para garantizar un nivel de actividad laboral en previsión de un incremento de la incidencia. Sirvan de ejemplo incrementar la flexibilidad en el horario de trabajo, teletrabajar cuando sea posible, etc. Cada sector de actividad deberá adecuar las medidas de prevención al riesgo del trabajo desempeñado.
¿Qué actuaciones realizarán las entidades competentes ante un contagio?
- Las autoridades sanitarias mantendrán un contacto fluido y continuado con el servicio de prevención de riesgos laborales de la empresa para valorar conjuntamente la situación e implementar medidas acordes con el riesgo de forma coordinada, haciendo un seguimiento de las mismas.
- La Inspección de Trabajo, quien está habilitada para vigilar y requerir, y en su caso extender actas de infracción, vigilará el cumplimiento por parte de las empresas de las medidas establecidas para la protección de los trabajadores.
BIBLIOGRAFIA ACTUALIZADA
Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de COVID-19 (12.11.2020)
Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS-COV-2 (COVID-19) (07.10.2020)