El documento de adhesión al plan de seguridad y salud (PSS) o de aceptación del mismo por parte del subcontratista no es un documento regulado en el ámbito laboral, sino que corresponde a una práctica habitual en las obras de construcción. Según indica la Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos en construcción cada contratista, antes del comienzo de los trabajos, deberá hacer entrega, a cada subcontratista con el que haya contratado la obra, aquella parte del plan de seguridad y salud relativa a los trabajos que éstos van a desarrollar en la obra, así como de los aspectos generales de la misma en su conjunto,dejando constancia documentada de este hecho en el Libro de Subcontratación a la subcontrata. Dicho lo anterior se sobreentiende que el documento o procedimiento de adhesión no es necesario, ya que el libro de subcontratación especifica la fecha en que el contratista entrega al subcontratista la parte del Plan de Seguridad que le afecta.
Hay que señalar que, el hecho de que no se adhiera formalmente al mismo (mediante un acta de adhesión), no le exime de conocer y cumplir lo que establece. Por tanto, si los subcontratistas no manifiestan expresamente lo contrario, se entiende que conocen el plan y lo acatan. En cambio, si los subcontratistas manifiestan que no aceptan el Plan de seguridad y salud, por no contemplar adecuadamente sus actividades, el contratista deberá modificar el Plan de seguridad y salud incluyendo los cambios necesarios para que se ajuste a la realidad de la obra. Hay que recordar que siempre que haya algún cambio en lo previsto en el Plan de Seguridad y Salud, ya sea por variaciones en el procedimiento constructivo, en los medios materiales a utilizar o en las medidas preventivas previstas, se tendrá que modificar el Plan con la correspondiente aprobación por parte del coordinador de seguridad y salud en fase de ejecución, la comunicación del mismo y aprobación por parte de subcontratas.
Tras la exposición, desde coordinacionempresarial.com se recomienda al contratista, siempre que lo crea conveniente o necesario para asegurarse de que el subcontratista conoce y está de acuerdo con el Plan de Seguridad y Salud entregado y/o con las nuevas modificaciones introducidas, se le pida una adhesión formal al mismo donde se detalle, por ejemplo, la parte de obra donde va a intervenir, su actividad, duración de los trabajos…
Fuente: Departamento de Empresa y Empleo de la Generalitat de Catalunya
Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos en construcción (marzo 2012)