Analisis de Accidente Trabajo

En el año 2019 se produjeron 487 accidentes de trabajo mortales en jornada de trabajo en los trabajadores/as asalariados/as, así lo refleja el Informe Anual de Accidentes de Trabajo en España 2019 publicado recientemente por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST). Este año presenta como novedad el incluir a los trabajadores autónomos.

DESCARGA INFORME ACCIDENTES DE TRABAJO 2019

A lo largo de este artículo analizaremos los datos que refleja este informe y profundizaremos en el concepto de accidente de trabajo.

Las cifras de los accidentes de trabajo en España 2019.

Durante el año 2019, se registraron en nuestro país 650.602 accidentes de trabajo con baja. La mayoría se produjeron durante la jornada laboral, en concreto 562.756 accidentes, que suponen el 86,5%. El resto, 87.846 accidentes, tuvieron lugar durante el trayecto del domicilio al centro de trabajo o viceversa

La imagen tiene un atributo ALT vacío
Imagen 1. Accidentes de Trabajo España 2019

El índice de incidencia del año 2019 fue de 3.427,6 accidentes de trabajo con baja en jornada de trabajo por cada 100.000 trabajadores asalariados/as
afiliados/as.

El sector de actividad con mayor índice de incidencia fue Construcción que con 8.505,8, supera en más del doble la media de los índices sectoriales. El segundo puesto lo ocupa el sector Agrario, con 6.056,7. Muy próximo está el sector Industria, con 5.700,8, siendo ambos datos superiores a la media. Por debajo de la media se situó únicamente el sector Servicios, que alcanzó el valor de 2.554,3.

La imagen tiene un atributo ALT vacío
Imagen 2. Accidentes de trabajo España 2019. Sectores de Actividad

Analizando la mortalidad por sector de actividad, el sector Construcción
presentó el mayor índice de incidencia de accidentes mortales con un valor de 12,0, seguido por el sector Agrario con un valor de 8,5

La imagen tiene un atributo ALT vacío
Imagen 3. Accidentes de trabajo España 2019. Sectores de Actividad. Índice de Incidencia

¿Qué es un accidente de trabajo?

Se considera accidente de trabajo, toda lesión corporal sufrida por el trabajador con ocasión o por consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena. Se incluyen también las lesiones producidas en el trayecto habitual entre el centro de trabajo y el domicilio del trabajador (accidentes “in itinere”).

A nivel legal, ¿qué se entiende por accidente de trabajo?

El accidente de trabajo o accidente laboral, queda recogido en el artículo 156 del Real Decreto Legislativo 8/2015, Ley General de la Seguridad Social. Según éste. Según éste, tendrán consideración de accidente de trabajo:

a) Los que sufra el trabajador al ir o al volver del lugar de trabajo.

b) Los que sufra el trabajador con ocasión o como consecuencia del desempeño de cargos electivos de carácter sindical, así como los ocurridos al ir o al volver del lugar en que se ejerciten las funciones propias de dichos cargos.

c) Los ocurridos con ocasión o por consecuencia de las tareas que, aun siendo distintas a las de su grupo profesional, ejecute el trabajador en cumplimiento de las órdenes del empresario o espontáneamente en interés del buen funcionamiento de la empresa.

d) Los acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando unos y otros tengan conexión con el trabajo.

e) Las enfermedades, no incluidas en el artículo siguiente, que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución del mismo.

f) Las enfermedades o defectos, padecidos con anterioridad por el trabajador, que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente.

g) Las consecuencias del accidente que resulten modificadas en su naturaleza, duración, gravedad o terminación, por enfermedades intercurrentes, que constituyan complicaciones derivadas del proceso patológico determinado por el accidente mismo o tengan su origen en afecciones adquiridas en el nuevo medio en que se haya situado el paciente para su curación.

Legalmente, ¿qué accidentes no tendrán la consideración de accidentes de trabajo?

a) Los que sean debidos a fuerza mayor extraña al trabajo, entendiéndose por esta la que sea de tal naturaleza que no guarde relación alguna con el trabajo que se ejecutaba al ocurrir el accidente. En ningún caso se considerará fuerza mayor extraña al trabajo la insolación, el rayo y otros fenómenos análogos de la naturaleza.

b) Los que sean debidos a dolo o a imprudencia temeraria del trabajador accidentado.

Finalmente, si quieres profundizar en todos los puntos explicados en este artículo, accede al vídeo del Seminario web de gestión de contratistas y CAE: ¿Conoces los riesgos a los que está expuesta tu organización?

En este webinar analizamos los riesgos laborales de la subcontratación con proyectos reales, según industria y tipo de empresa. Además, Susana Romero y Anna Ferrás te explican paso a paso cómo digitalizar la Prevención de Riesgos Laborales y la Coordinación de Actividades Empresariales.

¡Accede al vídeo de nuestra master class!