El empresario concurrente debe de justificar ante el titular que le contrata que el trabajador ha sido formado e informado en base a los riesgos de su puesto de trabajo. La formación en prevención de riesgos laborales desempeña un papel importante en la creación de una auténtica cultura preventiva y en la disminución de los riesgos laborales. Así lo reconoce el legislador en la exposición de motivos de la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. Asimismo el Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 19, reconoce la importancia de la formación en materia de seguridad y salud laboral, para crear una cultura preventiva y disminuir de forma efectiva los riesgos derivados del trabajo.
Con fecha 31 de diciembre se ha publicado en Diario Oficial de Castilla León la ORDEN EYE/1141/2014, de 22 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas dirigidas a la formación en materia de Prevención de Riesgos Laborales
Las solicitudes para la presente convocatoria deberán presentarse antes del 30 de enero
¿Quién lo puede solicitar?
Entidades privadas, con o sin ánimo de lucro, agrupaciones de personas físicas o jurídicas privada, comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aún careciendo de personalidad jurídica, cumplan los requisitos
Se subvencionarán las siguientes actividades:
a. Cursos de formación en materia de prevención de riesgos laborales en los sectores de la construcción; del metal; de la madera y el mueble; y de las industrias extractivas, vidrio y cerámica. Estos cursos deberán ajustarse a lo previsto en sus convenios colectivos respectivos, y ser impartidos por una entidad homologada para impartir dicha formación en los términos establecidos en dichos convenios.
b. Cursos sobre formación para auditor de sistemas de prevención de riesgos laborales, con una duración mínima de 60 horas.
c. Curso de operador de carretillas de manutención según norma UNE 58451:2012.
d. Curso de operador de plataformas elevadoras móviles según norma UNE 58923:2012.
e. Cursos monográficos de al menos 10 horas, sobre materias correspondientes a los sectores, riesgos o sectores de población recogidos en el Acuerdo para la Prevención de Riesgos laborales incluido en la Estrategia Integrada de Empleo, Formación Profesional, Prevención de Riesgos Laborales e Igualdad en el Trabajo 2012-2015: cursos referidos a sectores de actividad de elevada siniestralidad, cursos especialmente orientados a mujeres, jóvenes, personas con discapacidad, autónomos y trabajadores de edad avanzada, y cursos referidos a determinados riesgos (tráfico, músculo esqueléticos, psicosociales, y agentes químicos, cancerígenos o mutágenos).
f. Curso básico de prevención de riesgos laborales para el sector agrario, y con una duración de 30 ó 50 horas teóricas, según el Anexo IV, apartados a) o b) del R.D. 39/1997, de 17 de enero.
g. Curso para la elaboración de un plan de seguridad vial en la empresa con una duración mínima de 10 horas.
En todo caso la actividad subvencionable deberá realizarse íntegramente en el período comprendido entre el 1 de enero hasta el 31 de agosto del año 2015
Para más información consulte el Boletín CyL ORDEN EYE 1141/2014