La Inspección de trabajo y seguridad social puede requerir la presencia de recursos preventivos en el centro de trabajo cuando, practicando una visita y a la vista de toda la información recabada, considere que las medidas preventivas que haya adoptado el empresario en una actividad, proceso u operación son insuficientes o inadecuadas para una aplicación coherente y responsable de los principios de la acción preventiva establecidos en el art. 15 de la Ley 31/1995 de Prevención de riesgos laborales, y dichas medidas no se puedan adoptar de forma inmediata.
También podrá requerir la presencia de recursos preventivos:
a. Cuando se trate de actividades esporádicas o excepcionales y se considere que no hay un control absoluto de todos los riesgos , pero teniendo en cuenta que la designación de un recurso preventivo no puede tomarse como una medida alternativa de carácter permanente.
b. En el caso de trabajos realizados por menores de 18 años, por trabajadores especialmente sensibles o por trabajadores de reciente incorporación durante la fase inicial de adiestramiento, tanto sean trabajadores propios de la empresa como trabajadores cedidos por ETT, debido a que por las caracterísitcas de dichos trabajadores o por su falta de experiencia en el puesto de trabajo a desempeñar, puedan verse agravados los riesgos específicos de la actividad que desarrollan y poner en peligro la seguridad y salud de estos trabajadores o terceros.
El requerimiento deberá realizarse cumpliendo las exigencias del artículo 43 de la Ley 31/1995. En dicho requerimiento se especificarán los trabajos u operaciones y situaciones de riesgos concretas que justifican el mismo, así como la exigencia de modificar, en su caso, la evaluación de riesgos, si esta no contemplara la situación de riesgo detectada, y la planificación de la actividad preventiva, si no recogiera la necesidad de la presencia de recurso preventivo.
Criterio Técnico 83/2010, de 5 de mayo, sobre la presencia de recursos preventivos en las empresas, centros y lugares de trabajo.
Fuente: El recurso preventivo en 360º. Moisés Riobello.