Con motivo de la Semana Europea de la Seguridad y Salud en el Trabajo , celebrada del 25 al 29 de octubre 2010, y dedicada al mantenimiento seguro y preventivo, el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) publica en su boletín Nº59 de 27 de octubre, un monográfico dedicado a las Practicas Seguras en la Realización de Trabajos de Mantenimiento.
A través de este boletín, y mediante el análisis de la situación de la Integración de la Prevención en los trabajos de mantenimiento, en un área donde conviven altos porcentajes de externalización de las actividades, junto con la naturaleza del riesgo y especificidad de las operaciones realizadas, se destaca la importancia del mantenimiento en la coordinación de actividades empresariales.
La norma europea EN13306, define el mantenimiento como, “el conjunto de todas las acciones técnicas, administrativas y de gerencia durante el ciclo de vida de un bien destinadas a mantenerlo o repararlo para ponerlo en un estado en el que pueda realizar las funciones requeridas”, abarcando actividades tan variadas como la inspección, ensayo o comprobación, medición, sustitución, ajuste, reparación, conservación, detección de fallos, cambio de piezas, revisión, lubricación o limpieza.
La prevención debe ser un aspecto primordial y prioritario, asociada e inseparable de todas las actividades que se desarrollen, asumida “realmente” por la empresa propietaria de las instalaciones y por las empresas contratistas, dando cumplimiento al RD 171/2004.
En base a lo anteriormente dicho, se desglosan los cuatro pilares que garantizan la correcta coordinación de actividades empresariales:
1. Planificación:
Es el paso previo para realizar la evaluación de riesgos y consiste en desglosar las fases de ejecución del trabajo contratado, analizando los riesgos de cada fase.
2. Formación:
En este sentido, ponen de manifiesto que, tanto o más importante es la Formación “Generalizada” (obligatoria por Ley e impartida por la propia empresa y empresa principal) como la ESPECÍFICA de la planta y del tajo donde se va a trabajar. Por ello, la formación debe ser debidamente planificada y, por tanto, bien controlada su eficacia.
3. Coordinación de actividades empresariales:
De acuerdo con el RD 171/2004, sobre coordinación de actividades empresariales, corresponde a la empresa principal establecer canales y mecanismos de comunicación, que permitan llevar a cabo de forma efectiva esta coordinación con las empresas que presten servicios en sus instalaciones.
4. Integración de la prevención en la cultura de la empresa:
La prevención se desarrollará de manera, no sólo formal, sino integrada, con la debida implicación de los responsables de las instalaciones, los procesos y tareas a ejecutar.
Fuente de datos: Boletín 59, publicado el 27 octubre de 2010 por el INSHT