¿La coordinación de actividades empresariales es mejorable?, sin duda. En algunos sectores donde los riesgos son más críticos, las situaciones de concurrencia más probables o con ratios de siniestralidad en aumento, la necesidad de mejora en la aplicación de los principios de prevención de riesgos laborales es más prioritaria.
Este es el caso del sector construcción, donde la Coordinación de Actividades Empresariales tiene un marco legal propio (diferente del RD 171/2004) regulado por el RD 1627/1997, de disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción y la Ley de Subcontratación de 2006, además del Convenio Colectivo que regula al detalle aspectos como la formación preventiva específica del trabajador. Un sector donde, intervienen figuras específicas (coordinador de seguridad y salud, recurso preventivo en obra) con responsabilidades y funciones que en algunos casos no quedan del todo claro, en su aplicación práctica en concurrencia.
El INVASAT ha publicado recientemente «Apuntes técnicos de INVASSAT, La coordinación de actividades en las obras de construcción: aspectos mejorables» el cual aborda cuestiones o aspectos relacionados con la coordinación de seguridad y salud en la ejecución de obras de construcción:
- ¿Está garantizada la independencia de actuaciones del Coordinador de Seguridad y Salud en fase de Ejecución (CSSE) de la Obra?
- ¿Encontramos anotaciones en el Libro de Incidencias de la Obra en el caso de que sea preceptivo?
- ¿Está garantizada legalmente la adecuada formación en materia de prevención de riesgos laborales del CSEE de la obra?
- ¿Se utiliza correctamente la figura del recurso preventivo en la coordinación de actividades empresariales en el marco de una obra de construcción?
EL nuevo análisis del INVASSAT es un documento muy interesante cuyo análisis y estudio recomendamos y que está disponible en el REPOSITORIO DOCUMENTAL CAE de Coordinacionempresarial.com en el apartado Guías por sector.