En el caso de que varias empresas concurran en un centro de trabajo (bien por coincidencia en un espacio físico o con relación jurídica entre ellos), indica el apartado 9 del artículo 22 bis del RD 39/1997, «cuando realicen operaciones concurrentes o actividades o procesos peligrosos o con riesgos especiales, la obligación de designar recursos para su presencia en el centro de trabajo recaerá sobre la empresa o empresas que realicen dichas operaciones o actividades«.
A la hora de aplicar este precepto normativo, debe ser tenido en cuenta el riesgo de los trabajos a ejecutar por las empresas concurrentes. A pesar de este análisis previo hace que la aplicación práctica de esta norma, genere numerosas dudas en su interpretación según casos:
– CONCURRENCIA DE CONTRATA Y SUBCONTRATA (en trabajos que no sean de construcción), si sólo la subcontratista y no la contratista realiza un trabajo peligroso de los previstos en el Artículo 22 1) RD 39/97 que motive la presencia de un recurso preventivo, debiendo estar así previsto en su evaluación de riesgos, será esta empresa subcontratista y no la contratista quien esté obligada a designar a dicho recurso.
– CONCURRENCIA HABITUAL DE UNA EMPRESA QUE MODIFICA LOS RIESGOS DEL CENTRO DE TRABAJO de forma que afecte la actividad de otra empresa (sin concurrir al mismo tiempo en la zona), la obligación de designar a un recurso preventivo recae también sobre la empresa que vaya a trabajar en esa zona, ya que tendrá que controlar los métodos de trabajo a seguir, para que el riesgo concurrente que asumen los trabajadores se minimice o anule.
– CONCURRENCIA DE VARIAS EMPRESAS, RIESGOS AGRAVADOS O MODIFICADOS MUTUAMENTE por las actividades que realizan, la obligación de presencia del recurso preventivo recae sobre cada una de estas empresas. En este caso la norma prevee que los recursos preventivos deberán de colaborar entre sí y con el resto de recursos preventivos.
De lo expuesto con anterioridad se deduce la importancia de, previo a la realización de trabajos, el análisis de riesgos de los trabajos concurrentes: su naturaleza, medidas a aplicar para control y como afecta a las empresas implicadas. CTAIMA Outsourcing&Consulting S.L ofrece a sus clientes un servicio previo de consultoría que permite mejorar la metodología de gestión de contratistas. Un consultor de CTAIMA estudia conjuntamente con el cliente los procesos involucrados en la coordinación de actividades empresariales.