Las plataformas elevadoras móviles de personal (PEMP) son uno de los equipos de trabajo más utilizados hoy en día por las empresas que realizan mantenimiento y en el ámbito de los trabajos de construcción, principalmente debido a su economía y versatilidad a la hora de posicionar al trabajador para la realización de trabajos en altura. En los centros de trabajo, es uno de los equipos que cede el empresario principal a las empresas externas para la realización de las actividades contratadas. El INSHT ha publicado recientemente un estudio que se analiza la situación del sector de PEMP en cuanto a número de unidades existentes, su siniestralidad, la normativa de aplicación y los riesgos y medidas aplicables durante su utilización. El uso de PEMPs, está ampliamente generalizado en los trabajos en altura; el análisis de los datos de siniestralidad de este estudio aprecia que la mayoría de accidentes ocurren en “Zonas industriales” seguido de “Obras de construcción” y “Centros sanitarios”. Por otra parte son los accidentes por vuelco de plataforma y el atrapamiento las causas de accidente más comunes.
Por lo que refiere a la utilización de estos tipos de plataformas, se atenderá a lo dispuesto en el Real Decreto 1215/1997, 18 de julio, modificado por el Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre. Durante su utilización deberán cumplirse, entre otras, las siguientes normas:
– El personal operador debe estar cualificado y formado. No se permitirá la utilización y el acceso a personas carentes de autorización.
– No deben utilizarse en operaciones o en condiciones contraindicadas por el fabricante y se cumplirán las especificaciones establecidas por el mismo en cuanto a su uso y limitación de carga.
– Se debe reconocer previamente el terreno por donde debe desplazarse la plataforma asegurando que esté nivelado y sea estable. En consecuencia el empresario titular deberá dar a las empresas contratistas las instrucciones necesarias para asegurar una circulación segura dentro de sus instalaciones.
Formación en manejo de PEMPs
En base a lo anteriormente explicado, el empresario principal solicitará a las empresas contratistas que le acrediten la cualificación del trabajador que hará uso de la PEMP así como la designación del mismo. Un operador de PEMP debe tener una formación teórica y práctica en materia preventiva y además una formación específica para la conducción segura de la PEMP. Ni la Ley 31/1995 ni el Real Decreto 1215/1997 obligan a un determinado programa formativo para el manejo de la PEMP. La formación certificada con la norma UNE 58923 permite conocer y garantizar el alcance de la formación realizada por un operador de PEMP, incluyendo la correspondiente evaluación de competencia.
Pueden descargar el estudio Condiciones exigibles PEMP
CTAIMA Outsourcing&Consulting S.L ofrece a sus clientes el servicio de externalización de la gestión documental, que permite mejorar la metodología de gestión de contratistas. El equipo de profesionales cualificados en prevención de riesgos laborales y con experiencia contrastada es el encargado de validar la documentación relativa a las empresas contratistas, garantizando profesionalidad e imparcialidad.
Mediante CTAIMACAE podrá asegurar el control documental del trabajador que tiene asociado el rol de Conductor de PEMP (autorización y cualificación) así como la identificación del mismo mediante la impresión de etiquetas, en las inspecciones en campo.