El turismo se configura como la principal industria en nuestro país. Sin embargo, el actual contexto COVID-19 obliga a revisar y establecer protocolos para que la reapertura de las instalaciones no aumente el riesgo de contagio comunitario, así como a establecer las medidas de prevención de riesgos laborales necesarias para las personas trabajadoras en este sector, tanto directa como de forma indirecta (subcontratación de servicios). Por este motivo, la Secretaría de Estado de Turismo en coordinación con el Ministerio de Sanidad ha elaborado durante las últimas semanas unas guías de especificaciones para la reducción del contagio por el coronavirus SARS-COV-2. Las guías contienen especificaciones de servicio, limpieza y desinfección, mantenimiento y gestión del riesgo para los diferentes subsectores del sector turístico y de ocio. Tareas a realizar, en la mayor parte de las ocasiones por personal de empresas de servicios, subcontratadas.
En su elaboración han participado las Comunidades Autónomas, Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), los agentes sociales, las asociaciones de cada subsector, expertos participantes en los grupos de trabajo y la Asociación Española de Servicios de Prevención Laboral (AESPLA), coordinados por el Instituto de Calidad Turística, entidad a la que la Secretaría de Estado de Turismo ha encomendado esta labor.
Actuaciones preventivas previas al inicio de la actividad
Previo a la vuelta a la actividad y sobre la base de la modificación de la evaluación de riesgos (incluyendo el riesgo contagio COVID), elaborarán un plan de contingencia que debe detallar las medidas concretas que va a adoptar para reducir los riesgos de contagio de la COVID-19.
Dadas las características del sector, el Plan de Contingencia debe abordar la reducción de riesgos tanto para trabajadores, teniendo en cuenta la minimización de riesgos concurrentes (coordinación de actividades empresariales) como para visitantes.
Actuaciones preventivas-aplicación
Se recomienda que la empresa gestora del establecimiento turístico, parque de atracciones y local de ocio debe designe un responsable o conformé un comité para la gestión del riesgo. Una vez identificados y evaluados los riesgos , el comité asumirá la definición de estrategias y toma de decisiones para la minimización de riesgos higiénico-sanitarios por COVID-19.
De acciones a realizar, destacamos las siguientes:
- Difundir y dar a conocer el plan de contingencia entre los trabajadores para su adecuada implementación. Formación e información a trabajadores propios y ajenos de medidas a aplicar y nuevas instrucciones de trabajo
- La asignación de recursos humanos y materiales, incluida la determinación el uso de Equipos de Protección Individual (EPI) atendiendo a las necesidades derivadas de la evaluación de riesgos
laborales y sin perjuicio de lo establecido. Evaluar la necesidad de que las empresas contratistas aporten recursos propios y determinar en qué ocasiones. (Por ejemplo, realización de inspecciones de seguridad conjuntas por técnicos de prevención empresas contratists) - Determinación e implantación de un protocolo de actuación en el caso de que un empleado o cliente muestre sintomatología compatible con la COVID-19, siguiendo en todo caso las directrices de las autoridades sanitarias
- Implementar el plan de contingencia y supervisar su cumplimiento, valorando su eficacia y modificándolo si fuera necesario en función
de la eficacia demostrada. - Planificar las tareas y procesos de trabajo de tal forma que se garantice la distancia de seguridad establecida por las autoridades sanitarias, la disposición de los puestos de trabajo, la organización de la circulación de personas y la distribución de espacios si fuera necesario; y preservando la seguridad y salud de todos los trabajadores. Para ello las empresas contratistas deberán de informar de los riesgos de su actividad y medidas a aplicar, minimizando riesgos concurrentes.
- Incremento de medidas de control en el acceso de proveedores de servicios así como de las actuaciones de vigilancia
Consideraciones servicios de limpieza y mantenimiento
El personal de mantenimiento debe cumplir las siguientes medidas preventivas:
- No compartir herramientas de trabajo. Si no es posible evitar el uso de las mismas herramientas y vehículos por distintos empleados se debe asegurar su limpieza y desinfección antes del cambio de
turno o cuando cambie el usuario, sobre todo en aquellas zonas con mayor contacto - Mantener la distancia de seguridad en cualquier interacción entre empleados y utilizar mascarilla en los casos en los que la distancia de seguridad no se pueda respetar.
- Si es posible, el mantenimiento del mismo equipo lo debe hacer una misma persona, para reducir los riesgos de contagio.
- Debe fomentarse la comunicación telefónica u otros medios electrónicos entre empleados, de manera que se evite el contacto directo lo máximo posible.
El personal de limpieza, más en riesgo por el contacto biológico:
- Deberá utilizar un equipo de protección individual adecuado dependiendo del nivel de riesgo que se considere en cada situación. Como mínimo, el personal debe utilizar mascarilla y guantes.
- Tras cada limpieza, los materiales empleados y los equipos de protección utilizados se desecharán de forma segura, procediéndose posteriormente al lavado de manos. Se habilitarán cubos con tapa y bolsa para depósito y posterior gestión.
GUÍAS DE INTERÉS:
A continuación listamos las guías publicadas: