La Inspección de Trabajo y Seguridad Social es un organismo estatal, dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social, que reúne los servicios de vigilancia y exigencia del cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y contenido normativo de los convenios colectivos; servicios de asistencia técnica; servicios de arbitraje, conciliación y mediación; así como actuaciones inspectoras derivadas de los servicios prestados.
La propagación del nuevo coronavirus puede incidir de múltiples formas en la actividad laboral que se desarrolla en los centros de trabajo. Por ello la Inspección de trabajo ha publicado recientemente el Criterio Operativo nº 102/2020 sobre medidas y actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social relativas a situaciones derivadas del nuevo Coronavirus (SARS-CoV-2).
Actuaciones de la Inspección de Trabajo ante la pandemia coronavirus
Con objeto de adaptar sus servicios a las necesidades de urgente trámite en empresas, ante la crisis sanitaria motivada por la pandemia del coronavirus, a reorganizado sus recursos con el fin de dedicar todos los medios disponibles a la atención de la situación. La actuación inspectora se focalizará en la prevención de riesgos, la protección de derechos individuales y colectivos de las personas trabajadoras y el seguimiento activo de incidencias en las empresas Las medidas llevadas a cabo, con entrada en vigor inminente son las siguientes:
- Ha instruido a las Inspecciones Provinciales para que dediquen preferentemente la actuación inspectora a las actividades específicas derivadas del Covid-19 en el seno de las empresas, y para que mantengan el resto de su actividad en relación con las actuaciones urgentes
- Ha creado una unidad de gestión de la crisis sanitaria del coronavirus con las siguientes funciones:
- Reforzar la actuación de la Inspección de Trabajo en materia de prevención de riesgos laborales
- Proteger los derechos de los trabajadores, colectivos e individuales, que pudieran resultar ignorados o limitados
- Coordinar y unificar criterios en los informes a realizar como consecuencia de los expedientes de regulación temporal de empleo
- Seguimiento especial de las comunicaciones planteadas en el Buzón telemático de denuncias de la inspección, comunicaciones de sindicatos y medios de comunicación a efectos de identificar situaciones que requieran la actuación de la Inspección. Para ello se crea el ÁREA DE PLANIFICACIÓN