De todos los técnicos de prevención es conocido que una de las tareas más importantes de nuestro trabajo es la observación del puesto de trabajo, de la adaptación del trabajador al mismo con el fin de realizar una buena evaluación de riesgos que nos permita determinar medidas preventivas cuyo fin es la ejecución segura del trabajo. Tras más de diez años de profesión, me enfrento ahora con un punto de vista diferente, el de la mujer embarazada en primera persona, cuyo puesto de trabajo ha de adaptarse a sus necesidades físicas y biológicas, las cuales van evolucionando a lo largo de los 9 meses de gestación.
El art 26 de la Ley 31/1995 de prevención establece la necesidad de que la evaluación de riesgos de la empresa comprenda la determinación de la naturaleza, el grado y la duración de la exposición de las trabajadoras en situación de embarazo o parto reciente a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que puedan influir negativamente en la salud de las trabajadoras o del feto, en cualquier actividad susceptible de presentar un riesgo específico. Si los resultados de la evaluación revelasen un riesgo para la seguridad y la salud o una posible repercusión sobre el embarazo o la lactancia de las citadas trabajadoras, el empresario debe adoptar las medidas necesarias para evitar la exposición a dicho riesgo, a través de una adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo de la trabajadora afectada.
A día de hoy he detectado importantes fallos de aplicación este artículo, sobretodo a nivel ergonómico y psicosocial (siendo más claro ante un riesgo químico o biológico) ya que tu cuerpo no responde de la misma forma durante los nueve meses de embarazo. En la mayoría de puestos, si el riesgo a la gestante o al feto es intrínseco a la actividad se busca un cambio de puesto, concediéndose bajas en el caso de que no fuera posible. El cambio de puesto lleva implícito en la mayoría de casos una mayor presencia de la embarazada en puestos más sedentarios, no obstante no se profundiza en la ergonomía del mismo. La consecuencia directa es que, conforme avanza el embarazo, la gestante siente mayor fatiga, debilidad, dolor y dificultad de movilidad, lo que no hace que esté asumiendo riesgos y que no rinda al mismo nivel.
Esta dificultad de adaptación hace que nos encontremos, con mayor frecuencia que la deseada, con situaciones extremas: la mujer embarazada que trabaja con dificultades en su puesto de trabajo, situación que desencadena una baja por enfermedad; frente a la suspensión del trabajo por riesgo, siendo la trabajadora apta. En definitiva, riesgos para la salud de la embarazada y gastos en prestaciones sociales entre otros; algo que se podría evitar si trabajara más en la ergonomía del puesto de trabajadoras embarazadas. Nos queda por tanto, un papel importante a reivindicar no sólo en lo estrictamente laboral sino en el cuidado de nuestra salud laboral.
@suromig