siniestralidad laboral trabajadores ETT

Siniestralidad laboral trabajadores ETT aumento con respecto al año anterior según el Observatorio Estatal de Condiciones del Trabajo (OECT) que forma parte del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) acaba de publicar su informe anual sobre Siniestralidad Laboral de los trabajadores cedidos por empresas de trabajo laboral de 2016. La siniestralidad laboral registrada en 2016 entre este tipo de trabajadores continuó la tendencia generalizada al alza y también se vio incrementada respecto a 2015.

siniestralidad-ETT-Coordinación actividades empresarialesLa publicación destaca los 53 accidentes graves y los 3 mortales que se registraron el pasado año entre trabajadores cedidos por empresas de trabajo temporal (ETT) y que el 17,8% de los accidentados eran trabajadores de nacionalidades diferentes de la española.

De los accidentes ocurridos entre trabajadores cedidos por ETTs, las ocupaciones que más siniestralidad acumularon fueron: Peones de las industrias manufactureras (38,4% de los AT), peones agrícolas (14,5%) y peones del transporte, descargadores y afines (9,2%). Asimismo, entre los 53 accidentes graves, 18 se dieron en peones de industrias manufactureras y 8 en peones del transporte.

Si realizar un correcto intercambio de información entre empresas previo a la contratación y durante la ejecución de un servicio ya es complicado, en el caso de las empresas de trabajo temporal el cumplimiento del Real Decreto 171/2004 es todavía más complejo. Esto es debido a la temporalidad de estas contrataciones que en muchos casos no van acompañadas de las tramitaciones documentales correspondientes. La reforma laboral de 2010 en la que se ampliaron los sectores de actividad que podían contratar trabajadores provenientes de ETTs también ha podido repercutir en la probabilidad de accidente.

A pesar de ello, cabe recordar las obligaciones que vinculan a las empresas titulares y a las empresas de trabajo temporal subcontratadas. Unas obligaciones que en materia de Coordinación de Actividades Empresariales son las siguientes:

– La ETT debe asegurarse de que el trabajador, previamente a la realización del servicio, dispone de la formación teórica y práctica en materia de PRL necesaria para el trabajo. En caso contrario, deberá facilitar dicha formación, incluyéndose estas horas como parte de la duración del contrato.  En caso de necesitar una formación especial en materia de prevención de riesgos laborales en el propio lugar de trabajo, esta formación podrá realizarla la ETT en la propia empresa usuaria antes del comienzo efectivo del trabajo.

– La ETT deberá informar al trabajador sobre los riesgos generales del centro de trabajo y específicos del trabajo a desempeñar, así como las medidas preventivas para evitarlos.

– La ETT deberá acreditar documentalmente a la empresa usuaria que el trabajador ha recibido la información, sobre los riesgos del puesto de trabajo y las medidas preventivas, y que cuenta con la formación necesaria en materia de prevención.

– La ETT deberá llevar a cabo las medidas de vigilancia periódica de la salud que deban adoptarse en relación con el puesto de trabajo a desempeñar.

Por su parte, la empresa que contrata los servicios de una ETT también debe de cumplir con los siguientes deberes:

– Deber de informar a la ETT sobre los riesgos, generales y específicos, derivados del puesto de trabajo a cubrir, así como las medidas de protección y prevención contra los mismos, incluidos los equipos de protección individual necesarios, la formación en prevención de riesgos laborales que deberá tener el trabajador, así como las medidas de vigilancia de la salud que deberán adoptarse, especificando si tienen carácter voluntario u obligatorio. Esta información deberá incorporarse al Contrato de puesta a disposición.

– Deber de explicar a la ETT de las evaluaciones de los riesgos a los que esté expuesto el trabajador.

– Deber de entregar los equipos de protección individual (EPI) que sean necesarios en el puesto de trabajo que cubra el trabajador de la ETT y deberá vigilar el correcto uso de los mismos.

Para más información descargarse el informe de siniestralidad de trabajadores cedidos por ETTs en 2016 AQUI