La necesidad de coordinación surge de esta co-existencia de varias empresas que desarrollan su actividad en un mismo centro de trabajo:
… de forma simultánea o no.
… siempre que los riesgos que se producen por la actividad de cualquiera de ellas puedan modificar o agravar los riesgos derivados de la actividad de las empresas concurrentes.
La eficaz aplicación de la Coordinación de Actividades Empresariales garantiza:
1. La aplicación coherente y responsable de los principios de acción preventiva, asegurando la ejecución segura de los trabajos. Es decir, garantizar la aplicación de los principios de acción preventiva (artículo 15 de la Ley 31/1995, de prevención de riesgos laborales):
- Evitar los riesgos
- Evaluar los riesgos que no se puedan evitar
- Combatir los riesgos en su origen
- Adaptar el trabajo a la persona
- Tener en cuenta la evolución de la técnica
- Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro
- Planificar la prevención
- Anteponer la protección colectiva a la individual
- Dar las debidas instrucciones a los trabajadores
2. La aplicación correcta de los métodos de trabajo por las empresas concurrentes en el centro de trabajo.
3. El estricto cumplimiento de los requisitos establecidos en la política y procedimientos del Empresario.
4. El cumplimiento riguroso de la normativa aplicable. Es decir, cumplir lo establecido en los procedimientos de trabajo, en correspondencia con las exigencias legales.
5. El control de las interacciones de las diferentes actividades desarrolladas en el centro de trabajo.
6. La adecuación de los riesgos existentes en el centro de trabajo que pueden afectar a los trabajadores de las empresas concurrentes y las medidas aplicadas para su prevención. Dicho con otras palabras, analizar los riesgos de las actividades a ejecutar, y estudiar si estos pueden verse agravados cuando se trabaja con otras empresas, adoptando las medidas necesarias y controlando la eficacia de éstas.