El 2 de septiembre de 2022 se prohibirá que los conductores de vehículos con más de 7.5 toneladas, participen en operaciones de carga y descarga. Esta novedad legal en las operaciones realizadas por los transportistas y publicada en el Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, de medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la cadena logística, es de cumplimiento permanente a los 6 meses de su publicación en el BOE. Dicha novedad legal, que tiene por objeto mejorar la seguridad y eficiencia de las operaciones de carga y descarga, es de gran relevancia, para las empresas de logística, quienes acceden a centros de trabajo ajenos para la realización de estas.
Por lo tanto, a la hora de planificar las operaciones de carga y descarga de los centros de trabajo, se tendrá que tener en cuenta qué personal está autorizado para la realización de mismas y seguir el procedimiento de trabajo establecido. A nivel de coordinación de actividades empresariales, con objeto de minimizar los riesgos laborales de estas operaciones se tendrá que evitar las situaciones de concurrencia empresarial y, en el caso de que no sea posible, establecer los medios de coordinación para evitar las sinergias derivadas de los riesgos de la zona de trabajo y aquellos derivados de las tareas planificadas. Las empresas titulares tendrán que extremar las medidas de control de cumplimento de los procedimientos de trabajo establecidos.
Novedades legales que afectan a las Operaciones de Carga y Descarga
Con la publicación del Real Decreto Ley 3/202, de 1 de marzo, de medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la cadena logística se modifican algunos puntos destacados de la Ley 16/1987 de Ordenación de los Transportes Terrestres.
La limitación de la participación activa de los conductores profesionales en las operaciones de carga y descarga de las mercancías y de sus soportes y envases, es la principal novedad. Se exceptúan las operaciones de :
- Transporte de mudanzas y guardamuebles.
- Transporte en vehículos cisterna.
- Transporte de áridos o el efectuado en vehículos basculantes o provistos de grúa u otros dispositivos inherentes al vehículo destinados a realizar las operaciones de carga y descarga.
- Transporte en portavehículos y grúas de auxilio en carretera.
- Transporte de carga fraccionada entre el centro de distribución y el punto de venta según lo que se determine reglamentariamente, servicios de paquetería y cualesquiera otros similares que impliquen la recogida o reparto de envíos de mercancías consistentes en un reducido número de bultos que puedan ser fácilmente manipulados por una persona.
- Transporte de animales vivos, en los puestos de control aprobados de conformidad con la normativa comunitaria, sin perjuicio de las responsabilidades establecidas en la normativa sobre la protección de los animales durante su transporte.
Además de estas operaciones se incluyen:
- tipos de transporte donde la normativa reguladora establezca específicamente otra cosa en relación con la participación del conductor.
- los supuestos que reglamentariamente se establezcan, siempre que se garantice la seguridad del conductor.
Los riesgos laborales para los conductores.
El sector logístico.se caracteriza por varios aspectos específicos que lo definen y condicionan; la exposición a los distintos riesgos,
con independencia de su origen o naturaleza; los posibles accidentes, efectos o daños en las personas trabajadoras; la propia gestión y abordaje de los riesgos, etc. Entre las cuestiones principales cabe destacar el elevado número de empresas sin asalariados (autónomos) y con menos de 10 trabajadores (microempresas); la edad media de los trabajadores (por encima de los 50 años); y la masculinización del sector; pero también otros como el tipo de vinculación laboral, la condición de inmigrante de los trabajadores o las dificultades de acceso a la formación de los trabajadores de este sector.
El sector del transporte está conformado por un amplio y variado elenco de subsectores de actividad, con una situación también variada en cuanto a condiciones de trabajo, riesgos diferentes, demandas muy variadas, regímenes laborales distintos (por cuenta ajena, autónomos), empresas grandes y pequeñas
¿ Qué es el transporte terrestre?
La Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres define el transporte terrestre como » aquel que se realiza en vehículos de motor o conjuntos de vehículos que circulen sin camino de rodadura fijo, y sin medios fijos de captación de energía, por toda clase de vías terrestres, urbanas o interurbanas, de carácter público y, asimismo, por las de carácter privado cuando el transporte sea público».
El transporte terrestre por carretera se subdivide en transporte de mercancías y transporte de viajeros . Dentro del transporte de mercancías, que es aquel al que hacemos referencia, se puede clasificar:
- Transporte terrestre de mercancías por carretera. Camiones: vehículos de transporte pesado de mercancías (más de 3 500kg de MMA1).
- Transporte terrestre (urbano e interurbano) de mercancías. Vehículos de trasporte ligero de mercancías y reparto (menos de 3500kg de MMA).
¿Cuáles son los riesgos en el transporte terrestre?
Según muestra el reciente informe publicado por el INSST » Factores de riesgo psicosocial y riesgos asociados en el sector del transporte por carretera» son cuatro los factores de riesgo a los que se configura la actividad:
• El factor humano (conductor).
• El vehículo.
• La mercancía transportada.
• La vía y su entorno.
La conducción requiere el despliegue de un conjunto de procesos cognitivos para su ejecución en condiciones de eficacia y seguridad, al tener que tomar las decisiones oportunas y ejecutar conductas operativas concretas, muchas de ellas de forma inmediata al volante. El vehículo es el lugar de trabajo del conductor, siendo éste un espacio muy reducido. Entre las condiciones de seguridad del vehículo se encuentran aspectos condicionantes como la disponibilidad de repuestos, las características propias del habitáculo, el mantenimiento del mismo, etc.
El tipo de carga determina también la exposición a unos u otros riesgos. A tener en cuenta especialmente el riesgo grave o muy grave cuando se transportan mercancías peligrosas. La vía utilizada y su entorno también son aspectos a considerar que inciden sobre las condiciones de seguridad.
Además de los factores expuestos, prosigue el informe, están los derivados de las propias condiciones de trabajo, siendo los más importantes en este sector:
- Factores ergonómicos: postura de trabajo, manipulación de cargas, movimientos repetitivos, trabajo con pantallas de visualización, dispositivos TIC.
- Factores psicosociales: carga de trabajo, presión temporal, organización el tiempo de trabajo, fatiga, fatiga visual, estrés, abuso desustancias tóxicas, violencia física.
- Exposición a contaminantes físicos: ruido, vibraciones, frío, calor, humedad.
- Exposición a contaminantes biológicos: contagios.
- Exposición a contaminantes químicos: productos tóxicos.
- Falta de ventilación e iluminación adecuadas.
- Riesgos de caídas, choques, golpes, contactos eléctricos, etc.
¿Cuáles son los riesgos en las operaciones de carga y descarga?
El movimiento de mercancías entre los vehículos de carga y los almacenes de las empresas se realiza habitualmente mediante los muelles de carga y descarga. En estas operaciones, los operarios de los muelles y los conductores de los vehículos de carga y de transporte pueden verse sometidos a riesgos de diverso origen y gravedad.
Las medidas de prevención y protección se concretan, principalmente, en el correcto diseño del muelle, la existencia de rampas nivelables, la superficie uniforme de la zona de aproximación, el control de puertas y la existencia de equipamientos de seguridad. Asimismo se desarrollan distintas medidas complementarias de protección y prevención frente a los riesgos descritos y las normas de utilización segura.. Los principales riesgos y factores de riesgo asociados a las operaciones de carga y descarga son:
- Atrapamiento de personas entre dos vehículos
- Atrapamiento de personas entre un vehículo y el muelle o los montantes de la puerta
- Caída de personas al mismo nivel debidas a superficies deslizantes por lluvia o derrame de productos.
- Caída de personas a distinto nivel
- Caída o vuelco de un equipo de manutención debido a maniobrar de forma incorrecta
- Caída de la carga o parte de ella durante el transbordo debido a salida intempestiva del vehículo y/o desplazamiento natural del vehículo durante la carga o descarga debido a la no utilización de un sistema de blocaje de camión.
- Basculamiento del remolque
- Choques entre vehículos o atropellos de personas debidos