Guía TécnicaUno de los problemas a los que se enfrentan las empresas contratista, es la gran cantidad de documentación que se les solicita en la fase previa al inicio de sus trabajos; dentro de una sociedad la cultura de la coordinación empresarial sigue centrado en una cultura de papel. Aun habiendo externalizado los servicios de prevención, muchas empresas se han dedicado al cumplimento meramente formal, centrado en la observancia de la ley, la inspección de trabajo y el miedo a la sanción, y no contemplan otros aspectos esenciales, como el análisis y estudio de las interacciones de los riesgos de las actividades concurrentes . Con objeto de optimizar recursos, y facilitar la gestión documental, el INSHT publica una guía orientativa de simplificación documental para empresas de hasta 50 trabajadores.

El artículo 16.2 bis de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) establece que “las empresas, en atención al número de trabajadores y a la naturaleza y peligrosidad de las actividades realizadas, podrán realizar el plan de prevención de riesgos laborales, la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva de forma simplificada, siempre que ello no suponga una reducción del nivel de protección de la seguridad y salud de los trabajadores y en los términos que reglamentariamente se determinen”. Este precepto se desarrolla mediante el artículo 2.4 del Reglamento de los Servicios de Prevención (RSP): “Las empresas de hasta 50 trabajadores que no desarrollen actividades del anexo I podrán reflejar en un único documento el plan de prevención de riesgos laborales, la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva. Este documento será de extensión reducida y fácil comprensión, deberá estar plenamente adaptado a la actividad y tamaño de la empresa y establecerá las medidas operativas pertinentes para realizar la integración de la prevención en la actividad de la empresa, los puestos de trabajo con riesgo y las medidas concretas para evitarlos o reducirlos, jerarquizadas en funcióndel nivel de riesgos, así como el plazo para su ejecución”.

La Disposición final 1ª del RSP establece que el INSHT “elaborará y mantendrá actualizada una guía orientativa, de carácter no vinculante, para la elaboración de un documento único que contenga el plan de prevención de riesgos laborales, la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva (…)”. En línea con este mandato legal, la Guía aborda, en primer lugar, lo relativo al plan de prevención,es decir, la herramienta mediante la cual se integra la prevención en el sistema de gestiónde la empresa. En segundo lugar se trata, conjuntamente, lo relativo a la evaluación de los riesgos y la planificación de la actividad preventiva. Se diferencia entre la información aportada sobre cada puestode trabajo (o puestos similares) y la aportada sobre los elementos comunes que pueden afectar atoda la empresa o parte de la misma (locales e instalaciones generales).

Puede descargarse la GUIA TECNICA DE SIMPLIFICACION DOCUMENTAL (pdf)

Fuente: INSHT