Los equipos de protección individual y la ropa de protección, protegen al trabajador de todo riesgo laboral al que esté expuesto. Más en concreto, cuando la evaluación de los riesgos del puesto de trabajo muestra que el trabajador está expuesto a un riesgo laboral que puede resultar en algún tipo de lesión o efecto sobre su salud, y dicho riesgo no puede ser eliminado mediante controles técnicos, organizativos o medidas de protección colectiva, el empresario deberá asegurar que los trabajadores lleven la adecuada protección individual. Es por ello importante saber las características que ha de tener el EPI y ropa de protección a utilizar. En relación a la ropa de protección, el INSST ha publicado la NTP 1171 Ropa de protección: requisitos generales, cuyos puntos más importantes se desatacan en este artículo.
En escenarios de concurrencia empresarial, donde varias empresas realizan tareas, a los riesgos derivados de la actividad que realizan y los del área donde se encuentran, se han de sumar los posibles efectos derivados de sinergias, que podrían aumentar la criticidad y gravedad de éstos. En este sentido será obligación del empresario principal del centro de trabajo en virtud de lo establecido en el RD 171/2004 de coordinación de actividades empresariales:
- Controlar que los trabajadores contratados disponen de los EPIs y ropa de protección indicada en su evaluación de riesgos y aquella que se les ha indicado que han de llevar para protegerse de estos riesgos concurrentes.
- Vigilar el correcto uso y estado de EPIs y ropa de protección
Ropa de protección, ¿qué es?
Ropa de protección es cualquier prenda que cubra el cuerpo o parte del mismo con el propósito de proporcionar protección frente a un riesgo laboral específico. La ropa de trabajo corriente y los uniformes que no estén específicamente destinados a proteger la salud o la integridad física del trabajador, tal como indica el artículo 2 del Real Decreto 773/1997, sobre utilización de equipos de protección individual (en adelante, EPI), no se consideran ropa de protección. Para más información puedes consultar
Criterios para la elección de la ropa de protección. Certificación
La ropa de protección, como EPI que es, debe seleccionarse basándose en la evaluación de riesgos. Esto implica la identificación de los peligros y la determinación del riesgo por exposición a esos peligros. La ropa de protección, de acuerdo al Real Decreto 773/1997, deberá estar certificada según lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/425.
Encontramos tres categorías de ropa de protección:
La mayoría de las normas europeas relativas a ropa de protección indican que debe estar marcada con un pictograma en forma de escudo en cuyo interior se encuentre el símbolo correspondiente al tipo de riesgo frente al cual protege. El símbolo de protección (pictograma) aparece junto con la referencia a un número de norma y puede ir acompañado de números o letras que representan los niveles de prestación obtenidos u otro tipo de información, de acuerdo a la norma específica. Además, pueden aparecer pictogramas en forma de cuadrado indicando la aplicación prevista, representada por la figura de su interior.
El texto incluido en el marcado, como por ejemplo las advertencias, debe aparecer en la lengua oficial del país donde vaya a comercializarse la prenda. Tanto el marcado como el pictograma deben ser lo suficientemente grandes como para proporcionar una comprensión inmediata y permitir el uso de números fácilmente legibles. Las advertencias relativas a riesgos mortales deben ir en el exterior del producto.
Ver algunos ejemplos
¿Qué información ha de acompañar a la ropa de protección?
La información que se indica a continuación deberá acompañar a cada ropa de protección que se comercialice, cumpliendo con la norma UNE-EN ISO 13688, siendo estos los principales datos que deben constar:
- Nombre (u otro medio de identificación) y dirección completa del fabricante o de su representante Autorizado
- Designación del tipo de ropa, nombre comercial o código
- Referencia de la norma
- Pictogramas y niveles de prestación, con una explicación básica
- Constituyentes principales de todas las capas de la ropa de protección
- Instrucciones de uso según la norma específica
- Advertencias
- Accesorios y repuestos
- Tipo de embalaje
- Instrucciones para el reciclado, destrucción y eliminación
Tipos de riesgos a proteger
Son 7 tipos de riesgos laborales que debemos tener en cuenta a la hora de analizar el impacto de éstos en la seguridad y salud del trabajador y medidas de protección a aplicar.
1.Riesgos Físicos
- Ruido: sensación auditiva generalmente desagradable. Cuando el ruido es muy fuerte se activan las células capilares y hay riesgo de perder la capacidad auditiva. Debemos protegernos con todas las medidas de seguridad posibles.
- Vibraciones por uso de todo tipo de maquinaria. Pueden afectar a la columna vertebral, dolores abdominales y digestivos, dolores de cabeza…
- La iluminación. El deslumbramiento, las sombras, la fatiga y el reflejo pueden producir un accidente
- La temperatura y la humedad en el ambiente también pueden suponer un riesgo físico si son excesivamente altas o bajas pues pueden producir efectos adversos en las personas. Los valores ideales en el trabajo son 21ºC y 50% de humedad.
- Las radiaciones ionizantes son ondas electromagnéticas que alteran al estado físico sin percibirse en el ambiente. Los efectos son graves a la larga, por eso hay que limitar las ondas y tener un control médico.
2.Riesgos Químicos
Son los producidos por procesos químicos y por el medio ambiente. Para reducir este tipo de riesgos, podemos actuar en tres direcciones:
- Por un lado, sobre el foco contaminante: sustituyendo productos, cambiando el proceso productivo, o encerrando el proceso
- Sobre el medio con una limpieza del puesto de trabajo y con ventilación por dilución
- Actuando sobre el trabajador, dándole formación, rotando los puestos de trabajo, aislando al empleado de la exposición y usando equipos de protección adecuados como mascarillas y guantes.
3.Riesgos Biológicos
- Los riegos biológicos son los producidos por la posible exposición a microorganismos como los virus, las bacterias, los parásitos o los hongos, y que puedan dar lugar a diferentes enfermedades.
- Este tipo de riesgo laboral, constituye uno de los principales factores de riesgo a los que están expuestos principalmente los trabajadores de los centros sanitarios. Esencialmente su transmisión se produce por vía respiratoria, sanguínea, digestiva.
4.Riesgos Ergonómicos
Los principales factores de riesgo ergonómicos son: las posturas inadecuadas, el levantamiento de peso, movimiento repetitivo. Puede causar daños físicos y molestos.
5.Riesgos Psicosociales
Existen muchos tipos de riesgos de esta naturaleza, que nos pueden afectar a todos nosotros en algún momento de nuestra vida laboral, pero entre ellos podemos destacar el estrés, derivado de un ritmo de trabajo elevado, la fatiga laboral, la monotonía…
6.Riesgos Mecánicos
Los accidentes que se pueden producir debido a este tipo de riesgo, son aquellos en los que se producen lesiones corporales como golpes por objetos proyectados o desprendidos, quemaduras, cortes, cualquier tipo de contusión, aplastamientos. Debemos asegurarnos siempre de revisar la maquinaria en la que trabajamos para evitar posibles incidentes.
7.Riesgos Ambientales
Este tipo de riesgos son los únicos que no podemos controlar debido a que son la posibilidad de que se produzca un daño o catástrofe por una acción humana o un fenómeno de tipo natural. En función de su origen también se pueden denominar riesgos naturales que serian los que se manifiestan dentro de la naturaleza como la lluvia, la tempestad, las inundaciones… o riesgos antropogénicos que son los derivados de acciones o actividades humanas.