En el escenario actual de emergencia por transmisión de COVID-19 es crucial mantener la capacidad de respuesta de todos los sectores económicos imprescindibles que aseguran la prestación de servicios esenciales a la comunidad. En este contexto, los servicios de prevención de riesgos laborales están llamados a cooperar con las autoridades sanitarias, adaptando su actividad y recomendaciones con el objetivo general de limitar los contagios de SARS-CoV-2. La evaluación de esta pandemia nos hace aplicar nuevas medidas preventivas, por esta razón el Ministerio de Trabajo y Economía Social en Colaboración con el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, Inspección de Trabajo y Seguridad Social y el Centro Nacional de Medios de Protección en entre otros han publicado una Nueva Edición del Procedimiento de Actuación para los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales frente a la exposición al coronavirus (24 marzo de 2020)
Este procedimiento establece, en función de la naturaleza de las actividades y la evaluación del riesgo de exposición, los diferentes escenarios de riesgo y medidas de prevención a acometer , anteponiendo la protección colectiva a la individual; además de la actuación para colectivos sensibles.
El documento recuerda que a objeto de proteger la salud pública, se considerarán, con carácter excepcional, situación asimilada a accidente de trabajo, exclusivamente para la prestación económica de incapacidad temporal del sistema de Seguridad Social, aquellos periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras provocado por el virus SARS-CoV-2 (Artículo 5 del Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública).
Novedades. Informe de Comunicación
El servicio sanitario del servicio de prevención de riesgos laborales elaborará el informe para que quede acreditada la indicación de incapacidad temporal, con el fin de facilitar a los servicios de atención primaria, su tramitación en:
• Los casos probables (los resultados de laboratorio no son concluyentes), posibles (con infección respiratoria aguda leve) o confirmados, así como los contactos estrechos de casos probables, posibles o confirmados.
• Las personas trabajadoras con especial sensibilidad en relación a la infección de coronavirus SARS-CoV-2, sin posibilidad de adaptación del puesto de trabajo, protección adecuada que evite el contagio o reubicación en otro puesto exento de riesgo de exposición al SARS-CoV-2.
Añade un ANEXO I con modelos de informe para la comunicación por parte de los médicos del servicio sanitario del servicio de prevención de riesgos laborales de incapacidad temporal con el fin de facilitar a los servicios de atención primaria su tramitación