El 15 de abril la Dirección General del Instituto Nacional de Seguridad Social, actualizó las Instrucciones Aclaratorias sobre el procedimiento de emisión de partes de baja por los servicios de salud por coronavirus . Un aspecto que genera múltiples de dudas entre las empresas y que en este artículo pasamos a detallar:

  1. ¿Cómo ha de actuar la empresa en el supuesto de que un trabajador notifique su aislamiento preventivo por COVID-19 y no acuda a su puesto de trabajo, sin que la empresa tenga existencia de parte de baja?

     La empresa podrá ponerse en contacto con la Inspección Médica del Servicio Público de Salud para que ésta emita, en su caso, el parte de baja por enfermedad común correspondiente. En estos casos, a efectos económicos se tratará este supuesto como derivado de accidente de trabajo y de acuerdo a los diagnósticos que identifican estos procesos relacionados con el COVID-19.

  • La empresa ha de comunicar por sistema @DELTA los procesos de baja médica en los casos de COVID_19?

     Sólo excepcionalmente, en los casos en los que la enfermedad haya sido contraída con causa exclusiva en la realización del trabajo, en los términos contenidos en la Ley General de la Seguridad Social, sí será considerada contingencia de accidente de trabajo a todos los efectos y, en ese caso, sí deberá comunicarse por el sistema DELT@, como viene realizándose habitualmente.

Plan contingencia COVID-19

PARTES DE ALTA Y BAJA,

3.¿Quiénes los emiten?

    Tanto en las situaciones de aislamiento como de enfermedad serán los médicos de los Servicios Públicos de Salud (SPS) quienes emitan los partes de baja y alta en todos los casos de afectación por coronavirus:  situaciones de aislamiento, enfermedad y a todos los trabajadores que por su situación clínica o indicación de aislamiento tengan que estar aislados. En ningún caso podrán ser emitidos por los facultativos de las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social (MCSS).

4. ¿Qué tipo de contingencia se ha de cumplimentar?, ¿qué duración?

     La contingencia para cumplimentar por parte de dichos facultativos de los SPS en los partes de baja/alta será siempre Enfermedad Común. No deben emitirse partes de baja por cualquier otra contingencia. La duración estimada para estos procesos de IT se fija entre 5 y 30 días naturales 

5. ¿En qué situación se pueden emitir parte de baja en casos de aislamiento?

Previo a que el servicio de prevención de riesgos laborales haya emitido el informe correspondiente, será posible en aquellos casos de personas trabajadoras que presentan condiciones de salud que las hacen más vulnerables a COVID-19, y en los que, a pesar de las medidas de prevención, adaptación y protección establecidas, las condiciones de trabajo no les permitan efectuar su trabajo sin elevar el riesgo para sí mismas.

Por lo tanto, no procede su emisión en los casos de personas trabajadoras sin causa actual de IT por sus patologías previas, que sean derivadas por las empresas o acudan ellas mismas a solicitar IT por temor al contagio de COVID19, salvo que se trate de personas trabajadoras especialmente sensibles (TES) al riesgo de SARSCoV-2.

6. ¿Cuándo se considera un trabajador vulnerable?

El Ministerio de Sanidad señala que los servicios de prevención de riesgos laborales de las empresas serán los encargados de establecer esta calificación como TES del personal vulnerable estableciendo la naturaleza de la especial sensibilidad, las medidas de prevención, adaptación y protección posibles, teniendo en cuenta la existencia o no de condiciones que permitan a estas personas efectuar su trabajo sin elevar el riesgo para sí mismo.

Se consideran personas vulnerables aquellas que presentan patologías cardiovasculares, hipertensión arterial, diabetes, enfermedad pulmonar crónica, inmunodeficiencias, procesos oncológicos en tratamiento activo, debiendo valorarse si esas patologías están controladas o descompensadas o con 2 o más comorbilidades y siguiendo en todo momento los procedimientos de valoración de riesgo recogidos en el “Procedimiento para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2 (COVID-19)”.

Además habrá que tener en cuenta las afecciones a las mujeres embarazadas (debiendo conjugarse la existencia o no de complicaciones así como los referidos niveles de riesgo.) y cómo influye en la evolución de patologías, la edad en el caso de personas mayores de 60 años

7. Emisión de IT . Otras circunstancias

Procederá la emisión de IT por aislamiento en los casos posibles (caso con infección respiratoria aguda leve al que no se le ha realizado prueba de diagnóstico microbiológico). Está indicado aislamiento domiciliario que se mantendrá hasta transcurridos 3 días desde la resolución de la fiebre y del cuadro clínico con un mínimo de 7 días desde el inicio de los síntomas.

Procede su emisión en los contactos estrechos de casos probables, posibles o confirmados (que es cualquier persona que haya proporcionado cuidados mientras el caso presentaba síntomas: trabajadores sanitarios que no han utilizado las medidas de protección adecuadas, miembros familiares o personas que tengan otro tipo de contacto físico similar; convivientes, familiares y personas que hayan estado en el mismo lugar que un caso mientras el caso presentaba síntomas a una distancia menor de 2 metros durante un tiempo de al menos 15 minuto). En este caso el parte de baja al estar indicado el aislamiento preventivo domiciliario tendrá una duración de 14 días, siempre y cuando se trate de un trabajador que en las circunstancias actuales de estado de alarma esté obligado a acudir a su centro de trabajo.

8. ¿Cuándo se ha de emitir emitir parte de baja en casos de enfermedad COVID?

Será posible en los casos definidos por el Ministerio de Sanidad como confirmados (PCR o test de diagnóstico positivo de antígenos o anticuerpos) y probables (infección respiratoria aguda grave con criterio clínico y radiológico compatible con el diagnóstico COVID19 no confirmado). Cuando se tenga conocimiento del periodo de aislamiento/ contagio o de enfermedad con posterioridad al inicio del mismo, se emitirán los partes con carácter retroactivo.