Subcontratación en construcción

La evaluación de los riesgos laborales es el documento más importante del sistema de gestión preventiva. El empresario deberá evaluar los factores de riesgo laboral para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores, y evitar accidentes de trabajo, Una vez evaluados los riesgos laborales del centro de trabajo y actividades que en él se realizan, podrá tomar las acciones más oportunas para eliminar, controlar o disminuir los riesgos.

Junto con la planificación de la actividad preventiva, la evaluación de riesgos, un documento del que derivan el resto de obligaciones del empresario y, recíprocamente los derechos de los trabajadores (formación e información de los riesgos, vigilancia de la salud, entrega de EPIs etc). En materia de coordinación de actividades empresariales al empresario contratista se le suele requerir la evaluación de los riesgos de su empresa. Además, deberá aportar una evaluación específica de los riesgos de la tarea contratada, teniendo en cuenta, información para que el empresario titular pueda analizar los riesgos concurrentes y determinar las medidas a aplicar. A nivel jurídico, compliance preventivo, es el documento a consultar a la hora de analizar responsabilidades en materia de accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales.

La evaluación de riesgos laborales, es sin duda, el documento esencial de todo sistema de gestión de riesgos laborales. A lo largo de este artículo se da respuesta a determinadas cuestiones que se plantean relativas a su elaboración o conservación entre otros aspectos jurídicos

¿Qué es la evaluación de riesgos laborales?

La evaluación de riesgos laborales es el documento que resulta del proceso dirigido a estimar la magnitud de los riesgos laborales que no hayan podido evitarse. La evaluación de riesgos laborales proporciona al empresario la información necesaria para decidir sobre la necesidad de adoptar medidas adecuadas para garantizar la seguridad y la protección de la salud de los trabajadores. Además, no hay que olvidar, que es un documento clave del cumplimiento normativo preventivo, desarrollado en el art. 16 Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales

El objetivo de la evaluación de riesgos es la identificación de los peligros derivados de las condiciones de trabajo para:

  • eliminar de inmediato los factores de riesgo que puedan suprimirse fácilmente,
  • evaluar los riesgos que no van a eliminarse inmediatamente, y
  • planificar la adopción de medidas correctoras.

El deber del empresario de evaluar los riesgos laborales

La evaluación de riesgos laborales es una obligación empresarial y una herramienta  fundamental para la prevención de daños a la la salud y la seguridad de los trabajadores. Según indica la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (art 14) «en cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. A estos efectos, en el marco de sus responsabilidades, el empresario realizará la prevención de los riesgos laborales mediante la integración de la actividad preventiva en la empresa y la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, con las especialidades que se recogen en los artículos siguientes en materia de plan de prevención de riesgos laborales, evaluación de riesgos, información, consulta y participación y formación de los trabajadores, actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente, vigilancia de la salud, y mediante la constitución de una organización y de los medios necesarios»

¿Quién ha de realizar la evaluación de riesgos laborales?

La evaluación de riegos laborales ha de realizarse por personal técnico competente que forme parte de la organización de recursos para las actividades preventivas y que cuente, con la capacidad y aptitud necesaria para desarrollar las funciones, según correspondan, de nivel básico, intermedio o superior definidas en los artículos 35, 36, 37 del Reglamento de los Servicios de Prevención De esta forma se distingue entre:

  1. Empresario En el caso de empresas de menos de 10 trabajadores, o que tratándose de empresa que ocupe hasta 25 trabajadores, disponga de un único centro de trabajo fuera del Anexo I de empresas de riesgo. Formación mínima necesaria nivel básico en prevención de riesgos laborales.

2. Técnicos de nivel intermedio en prevención de riesgos laborales En el caso de evaluaciones que requieran sólo un análisis y evaluación de los riesgos mediante listas de chequeo y métodos oficiales. Los aspectos que requieran una evaluación de los riesgos no mecánica deberán ser evaluados por un técnico de nivel superior en prevención de riesgos laborales

3. Técnicos de nivel superior de prevención de riesgos laborales Podrán realizar tipo de evaluaciones de riesgos, salvo los aspectos que requieran una evaluación no mecánica y no sean de su especialidad. Por ejemplo mediciones higiénicas con estrategia de muestreo realizadas por un técnico de seguridad o ergonomía.

¿Cómo se realiza la evaluación de riesgos laborales?

La evaluación de riesgos laborales engloba los siguientes pasos:

  1. Recapitular información referente a normas legales y reglamentos relativos a la prevención de riesgos laborales, riesgos conocidos característicos de su sector, datos sobre accidentes y enfermedades profesionales de su sector y causas .
  2. Identificar los peligros presentes, por áreas y/o por puestos de trabajo: ambiente general de los locales de trabajo; maquinaria, herramientas. Instalaciones generales; medios de transporte interior; productos químicos; organización del trabajo
  3. Identificar quién puede sufrir daños, contemplando la posibilidad de que haya colectivos especialmente sensibles a determinados riesgos. Identificaríamos trabajadores en plantilla, subcontratas, autónomos, aprendices–
  4. Evaluar los riesgos e identificar medidas que se deben adoptar
  5. Documentar los hallazgos, detallando las medidas ya adoptadas y las pendientes.
  6. Planificar las medidas pendientes e implementarlas.
  7. Revisar la evaluación y actualizarla cuando sea necesario.

¿Cuándo se ha de realizar la evaluación de riesgos laborales?

La evaluación de riesgos es el punto de partida de la gestión preventiva de los riesgos de toda empresa, da respuesta al deber del empresario de protección de la seguridad y salud de sus empleados. El empresario deberá realizar una evaluación inicial de los riesgos para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y que puedan tomar las acciones más oportunas para eliminar, controlar o disminuir los riesgos derivados de la actividad laboral. La evaluación inicial de riesgos debe hacerse en todos y cada uno de los puestos de trabajo de una empresa.

Deberán volver a evaluarse los puestos de trabajo (art. 6 Reglamento de los Servicios de Prevención) que se vean afectados por: 

  • La elección de equipos de trabajo, sustancias o preparados químicos, la introducción de nuevas tecnologías para el acondicionamiento de los lugares de trabajo. 
  • El cambio en las condiciones de trabajo. 
  • La incorporación de un trabajador cuyas circunstancias personales lo hagan especialmente sensible a las condiciones del puesto. 
  • Si se detectan daños a la salud de los trabajadores o bien cuando las actividades de prevención puedan ser inadecuadas o insuficientes. 

En todo caso es aconsejable que periódicamente (cada 2 o 3 años) se proceda a su actualización. Se tendrán en cuenta siempre, en la evaluación de riesgos laborales, aquellos que puedan afectar a trabajadores especialmente sensibles como son los menores, las mujeres embarazadas y los minusválidos

¿Qué contenido tiene la evaluación de riesgos laborales? Fases de la evaluación

En cada puesto de trabajo debe reflejarse la evaluación de riesgos con los siguientes datos: 

  • Identificación de puesto de trabajo 
  • Riesgo o riesgos existentes 
  • Relación de trabajadores afectados 
  • Resultado de la evaluación 
  • Medidas preventivas procedentes 
  • Referencia a los criterios y procedimientos de evaluación y de los métodos de medición, análisis o ensayo utilizados, si procede 

Según indica el INSST en su Guía para la prevención de riesgos laborales de la pequeña y mediana empresa, extrapolable a empresas de mayor tamaño, en la evaluación de riesgos laborales deberían considerarse tres fases: Preparación, Ejecución y Registro documental

Preparación

Habría que determinar:

  1. Quién va a realizar la evaluación ( el servicio de prevención si existe, los trabajadores designados, etc.) y proporcionarle la formación, la información y los medios para llevarla a cabo de manera eficaz.
  2. Cómo va a realizarla, qué procedimiento va a seguir, qué plazo tiene para concluirla, etc.
  3. Qué mecanismos de control va a aplicar para comprobar que la evaluación realizada es operativa y eficaz.

Ejecución

Habría que revisar con especial atención:

  1. Las instalaciones, las máquinas, los equipos, las herramientas y los productos empleados.
  2. El entorno del lugar de trabajo.
  3. La formación del personal y las pautas de comportamiento a la hora de realizar las tareas.
  4. La adecuación de las medidas preventivas y de los controles existentes.

Registro documental

En la última fase ya se habrá concluido la actividad en el lugar de trabajo, teniendo que registrar documentalmente todo lo observado en los diferentes puestos y tareas analizadas para facilitar el seguimiento por quien corresponda. En aquellos puestos en los que deban adoptarse medidas preventivas o de control, éstas deberán quedar debidamente registradas. Se tendrá que especificar de qué puesto de trabajo o tarea se trata, qué riesgos existen, a qué trabajadores afecta, cuáles han sido los resultados de la evaluación y cuáles son las medidas preventivas que deben adoptarse con indicación de plazos y responsables. Deberá comprobarse que dichas medidas se llevan a cabo en los plazos establecidos y que resultan eficaces.

Una vez concluida la evaluación se deberán mostrar los resultados a los trabajadores afectados para que estén debidamente informados sobre los riesgos existentes y las medidas que deben adoptar para evitarlos. Para ello sería recomendable disponer de las correspondientes hojas informativas por puesto de trabajo o tarea.